El despliegue de este canal supone una herramienta mediante la que trasladar, confidencialmente, e incluso de forma anónima, cualquier consulta o comunicación de incumplimientos, principalmente en materia de integridad y ética, o la denuncia de posibles comportamientos irregulares relacionados con ilícitos penales, infracciones administrativas graves o muy graves o infracciones del Derecho de la Unión Europea.
La normativa principal que promueve la implantación de un canal de denuncias y sobre la que se establecerán los mecanismos apropiados para su puesta en marcha resultan de la aplicación la Directiva (Unión Europea) 2019/1937 de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección a los denunciantes y la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.